jueves, 10 de noviembre de 2011

CLASIFICACION DEL EMPAQUE Y EL EMBALAJE

El desarrollo del comercio exterior de mercancías involucra el llevar a
cabo una serie de actividades, igual de importantes unas que otras,
lo que nos llevará a que la actividad comercial sea exitosa.
La correcta elección de los envases y embalajes para la exportación,
hace del producto, lo mas importante en una operación de compra –
venta internacional

Envase
Es el material que contienen el producto y que está en contacto
directo con él, conservando y protegiendo la mercancía y
distinguiéndola de las demás. Función: comunicación entre su
punto de venta y los clientes, convirtiéndose en la mejor carta de
presentación de la empresa.

Características
_ Evitar la adquisición de humedad al aire libre.
_ Mayor tiempo de duración en los estantes.
_ Evitar la contaminación externa.
_ Mejorar el tiempo de duración de las características del
producto.
De comunicación exclusiva entre el envase y el consumidor (a
través de su presentación)
• El envase tiende a garantizar una mejor protección del producto y
por ende es una manera de proteger la salud del consumidor ,

Embalaje
Es utilizado para la conservación de los envases y por ende del
producto, así como también para facilitar la manipulación durante
distribución física internacional – DFI.
Características
_ Manipuleo durante la carga y descarga.
_ Mejor apilamiento de la mercadería.
_ Mejorar la capacidad de impacto y vibración de la mercadería.
_ Evitar la contaminación externa de olores y/o residuos externos



Funciones
_ Facilita la Distribución Física Internacional - DFI
_ Unitarización: Individualizarlos en contenedores y paletas
_ Protección Contra: Impacto, compresión vertical, vibración,
humedad, polvo, lluvia, temperatura, insectos, roedores y
ladrones.
_ Distribución Física Internacional – DFI: Transporte, manipuleo y
almacenamiento
_ Exhibición

Tipos de Envases
_ Carretes
_ Cestas
_ Envases de cartón
_ Envases de madera
_ Envases de vidrio

_ Latas
_ Metales
_ Mimbre
_ Plástico
_ Rollos

Clasificación de los Envases:
Los envases se clasifican de la siguientes manera;
(A) Flexibles:
_ Celofán,
_ BOPP,
_ Polietileno y
_ Papel
(B) Rígidos:
_ PVC,
_ Polietileno y
_ Metalizado

Los envase como medio de venta
_La función de la comunicación es delegada
exclusivamente al envase y su presentación.
_ La competencia a nivel internacional de diversos
proveedores hace que estos presionen a los
exportadores para que se puedan diferenciar entre
ellos a través de los envases.
_ Consumidores: productos en perfecto estado al
momento de la venta, consumo y una vida de anaquel
larga.

Los envases como medio de venta:
_ El envase es parte del producto y como tal, debe ser
concebido como parte del desarrollo del contenido.
_ Se torna como parte de la imagen y presentación de la
empresa.

Los materiales del envase dependen de:
_Necesidades del producto:.Principalmente, para garantizar las
características del producto.
_Métodos del empaque: Cuando es manual o automática.
_Resistencia: Garantizar el buen uso del consumidor; que no se
rasgue rápidamente y que le permita el buen manipuleo y
transporte.
_Disponibilidad: Accesible para el manipuleo cuando el
consumidor lo necesite.

Materiales usados:
_ Cartón: Cajón y bandejas.
_ Polietileno: Bolsas, frascos y
sacos.
_ PET: Botellas
_ Madera: Barriles, toneles y
barricas.
_ Tejido: Sacos y costales.
_ Papel: Envoltura y bolsas.
_ Vidrio: Botellas y frascos.
_ Mimbre: Canastas y cestos.
_ Metal: Bobinas.
_ Madera: Carretas y rollos

La Importancia del Papel Corrugado (como ejemplo)
_ Es el material más utilizado.
_ Diversidad de usos: desde las frutas y verduras
frescas.
_ Los productos manufacturados: aparatos
electrodomésticos, maquinarias y equipos.
_ El cartón corrugado se adapta fácilmente (liviano) y
por igual a todos los medios de transporte, ya sea por
tierra, mar o aire.
_ El cartón corrugado es reciclable y por lo tanto
biodegradable.

Principales características de un buen embalaje
_ Manipuleo durante la carga y descarga.
_ Mejor apilamiento de la mercadería.
_ Mejorar la capacidad de impacto y vibración de la mercadería.
_ Evitar la contaminación externa de olores y/o residuos externos.

Tipos de Envases y Embalajes
Clasificación de Embalajes
Primario Secundario
Cartón --- Duplex Tejido – Costales de yute
PVC – Microcorrugado Cartón – Caja corrugada
Polietileno – Bolsas Polietileno -- Sacos
Metalizado – Latas PVC -- Cajas
Papel – Bolsas
Final
Madera – Paletas
Polietileno – Strech Film

Tipos de Marcas
_Marca principal
_Nombre y dirección del exportador y del consignatario
_Puerto de embarque y desembarque
Conteo
Número de orden del paquete
Peso bruto y neto
_Instrucciones de manipuleo (frágil, evitar lluvias, uso o no de
ganchos, posición del embalaje, etc. )




EXPORTA FACIL

SERPOST, el Correo del Perú, pone a disposición de los exportadores peruanos el Exporta Fácil; servicio que les permite exportar sus productos de manera sencilla, segura y rápida, reduciendo los trámites burocráticos, así como los elevados costos logísticos y de transporte.

Con Exporta Fácil, podrá exportar mercaderías con un valor de hasta US$5,000. Cada exportación podrá contener varios paquetes que no superen los 30 kilos cada uno, y el empresario podrá realizar todos los envíos que le sean necesarios para concretar su venta en el exterior.

Ahora, los trámites aduaneros son rápidos y simples, y los podrá realizar desde la comodidad de su casa, negocio, oficina o cabina de internet, ingresando a la página web de la SUNAT y utilizando su clave de acceso a SUNAT – Operaciones en Línea (clave SOL).

En ese sitio web encontrará la Declaración Exporta Fácil. Una vez completa la información en dicha declaración, deberá imprimirla y entregarla junto a su producto a exportar en las oficinas autorizadas de SERPOST, dónde nos encargaremos del transporte de su mercadería hasta su destino.

jueves, 3 de noviembre de 2011

¿Cómo llenar una la declaración aduanera?

La declaración aduanera de mercancías, en adelante “declaración” está constituida por tres (03) formatos:

Formato (A).- Contiene los datos generales del régimen aduanero solicitado a despacho y los datos de la primera serie.

(A1).- Se utiliza en caso que el despacho aduanero comprenda más de una serie.

Formato (B).- Contiene los datos de la(s) transacción(es) relativa(s) a las mercancías solicitadas a los regímenes de Importación para el Consumo, Admisión Temporal para Reexportación en el Mismo Estado y Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo, con las excepciones legales correspondientes.

(B1).- Se utiliza en caso que se declaren más de 2 Items como consecuencia de la(s) transacción(es) citada(s).

Formato (C).- Contiene los datos de la liquidación de la deuda tributaria aduanera, y se utiliza en los regímenes que requieran cancelar o garantizar los tributos.

2. En las casillas de la declaración se debe consignar obligatoriamente la información conforme a lo requerido por cada régimen, excepto en las que son de uso exclusivo de la Administración Aduanera.

3 Las cantidades de mercancías e importes monetarios, cuyas cifras no sean números enteros, se indican con tres (03) decimales, excepto en el Formato B, que se indican con seis (06) decimales.

4. Los importes monetarios se expresan en dólares de los Estados Unidos de América, salvo indicación en contrario.

5. Los códigos se llenan de conformidad con las Tablas publicadas por la SUNAT o a través del portal web de la SUNAT, Opción: Operatividad Aduanera/Bajar información de tablas generales/Consulta Tablas Generales.

6. Las fechas se consignan de la siguiente manera: día, mes, año, utilizando dos dígitos para el día y el mes y cuatro dígitos para el año (ejemplo: 01 03 2000).

7. La declaración se presenta sin enmendaduras, manchas o borraduras, y correctamente impresa de manera que se pueda leer fácilmente.

8. Los datos consignados en el formato físico de la declaración deben corresponder exactamente a los datos transmitidos electrónicamente, prevaleciendo estos últimos ante cualquier discrepancia.



A. De la consignación de datos en el Formato"A" - Ingreso de Mercancías



El instructivo del Formato A precisa de la información requerida para los siguientes regímenes aduaneros: Importación para el Consumo, Admisión Temporal para Reexportación en el Mismo Estado, Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo, Depósito Aduanero, Tránsito Aduanero, Reembarque, Reimportación en el Mismo Estado y Reimportación (exportación temporal).



ADUANA – CODIGO.- Se indica el nombre y código de la intendencia de aduana bajo cuya jurisdicción se realiza el despacho aduanero.



Nº ORDEN.- Se indica el año y número de orden asignado por el declarante para identificar el despacho. Este número es único y debe constar de seis (6) caracteres.
El declarante debe reiniciar la numeración de sus despachos el 1º de Enero de cada año.



DESTINACION.- Se indica el código de destinación o regularización aduanera

10 IMPORTACION PARA EL CONSUMO
20 ADMISIÓN TEMPORAL PARA REEXPORTACION EN EL MISMO ESTADO
21 ADMISION TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO ACTIVO

30 REIMPORTACION (exportación temporal)

36 REIMPORTACION EN EL MISMO ESTADO (régimen)

70 DEPOSITO ADUANERO
80 TRANSITO ADUANERO
89 REEMBARQUE



MODALIDAD.- Se indica el código que corresponda a la modalidad de despacho en los regímenes de:

- Importación para el Consumo

0-0 Despacho Excepcional
1-0 Despacho Anticipado
0-1 Despacho de Envío de Urgencia
0-2 Despacho de Socorro

- Admisión Temporal para Reexportación en el Mismo Estado:

0-0 Despacho Excepcional
1-0 Despacho Anticipado
0-1 Despacho de Envío de Urgencia

0-2 Despacho de Socorro

- Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo:

0-0 Despacho Excepcional
1-0 Despacho Anticipado
0-1 Despacho de Envío de Urgencia

- Reimportación en el mismo estado:

0-0 Despacho Excepcional

- Deposito Aduanero:

0-0 Despacho Excepcional
1-0 Despacho Anticipado
0-1 Despacho de Envío de Urgencia

- Tránsito aduanero:

0-0 Despacho Excepcional

1-0 Despacho Anticipado
Reembarque:

0-0 Despacho Excepcional

- En el caso de la reimportación para concluir el régimen de Exportación Temporal para Reimportación en el Mismo Estado y para Perfeccionamiento Pasivo (30):

0-0 Despacho Excepcional



Tratándose de los despachos anticipados y envíos de urgencia, se adicionarán los códigos complementarios establecidos en sus propios procedimientos .



Estos códigos se imprimen en los casos que corresponda, cuando la autoridad aduanera lo indique.



TIPO DESPACHO.- Se indica el código que corresponda al tipo de despacho en los regímenes:

- Admisión Temporal para Reexportación en el Mismo Estado:

1 Normal
2 Feria

3 Accesorios, Partes y Repuestos (Art. 55 D. Leg. No.1053)
4 Hidrocarburos
5 Contrato con el estado, Diplomático y Leasing
6 Material de embalaje y acondicionamiento de mercancía para exportación
7 Proveniente de Feria
8 Aeronaves

12 Ley de Marina Mercante

(RSNAA N°578-2010/SUNAT/A)



- Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo:

1 Maquila

3 Reparación / Restauración ó acondicionamiento

4 Transformación

5 Elaboración, Montaje Ensamble y adaptación a otras mercancías

(RSNAA N°578-2010/SUNAT/A)

- Transito aduanero:

01 Transito Aduanero con destino al exterior

05 Tránsito Aduanero con destino a CETICOS o ZOFRATACNA
06 Tránsito Aduanero Interno

- Reembarque:

01 Reembarque general de mercancías

02 Reembarque de mercancía encontrada en exceso con posterioridad al

Levante

03 Reembarque de mercancía encontrada y no declarada



Estos códigos se imprimen en los casos que corresponda, cuando la autoridad aduanera lo indique.



NÚMERO DE DECLARACION DE IMPORTACIÓN

No llenar



1. IDENTIFICACIÓN

1.1 Importador.- Se indica el nombre o razón social del importador.

Cuando se cuente con RUC, debe corresponder al registrado ante SUNAT.

1.2 Código y Documento de Identificación.- Se indica código y número del documento de identificación del dueño, consignatario o importador:



Códigos
Documento

3
DNI

4
RUC

6
Pasaporte

7
Carnet de Extranjería

8
Organismos Internacionales

9
Salvoconducto


(RSNAA N°578-2010/SUNAT/A)



1.3 Dirección del Importador.- Se indica el domicilio del dueño o consignatario de la mercancía.

1.4 Código Ubicación Geográfica.- Se indica el código de ubicación geográfica UBIGEO (Departamento, Provincia y Distrito).



2. REGISTRO DE ADUANA

Casilla reservada para uso exclusivo de la Autoridad Aduanera, que indica lo siguiente:



Nº declaración:
Compuesto de: Código de Aduana, Año de numeración, Código de régimen, Número de la declaración, Tipo de documento, Dígito verificador

Fecha de Numeración:
Fecha de Numeración

Sujeto a:
Canal Rojo, Naranja o Verde




3. TRANSPORTE

3.1 Empresa Transporte –RUC.- Se indica el nombre o razón social de la empresa o entidad bajo cuya administración opera la unidad de transporte y su RUC correspondiente. Sólo se registra el RUC cuando se trate de mercancía que va a ser destinada a los regímenes de Importación para Consumo, Admisión Temporal para Reexportación en el Mismo Estado, Admisión Temporal para perfeccionamiento Activo y Depósito Aduanero, y para los demás regímenes se mantendrá la codificación otorgada por la administración aduanera.

En el caso de transporte marítimo se consigna el RUC del Agente Marítimo, Sólo se registra el RUC cuando se trate de mercancía que va a ser destinada a los regímenes de Importación para Consumo, Admisión Temporal para Reexportación en el Mismo Estado, Admisión Temporal para perfeccionamiento Activo y Depósito Aduanero, y para los demás regímenes se mantendrá la codificación otorgada por la administración aduanera. (*) (Art. 7°de la RSNAA N°578-2010/SUNAT/A)



3.2 Nº Manifiesto.- Se indica código de la aduana de ingreso – año de emisión – número de manifiesto.

3.3 Vía Transporte – Código.- Se indica la descripción y código de la vía de transporte de las mercancías.

Código
Descripción de la vía de transporte

1
Marítimo

2
Fluvial

3
Lacustre

4
Aéreo

5
Postal

6
Ferroviario

7
Carretera/Terrestre

8
Tuberías

9
Otras




3.4 Fecha Término Descarga.- Se indica la fecha en que culmina la descarga de la mercancía.

3.5 Empresa de Transporte (Tránsito/Reembarque) – Código.- En el régimen de Tránsito Aduanero o de Reembarque, se indica el nombre o razón social de la empresa o entidad bajo cuya administración opera la unidad de transporte que realiza el traslado de la mercancía, así como su código asignado por la Administración Aduanera.

3.6 Unidad Transporte (Tránsito/Reembarque).- Se indica el nombre de la nave o matrícula que identifica a la unidad de transporte en que se traslada la mercancía, sometida al régimen de Tránsito Aduanero o de Reembarque.

Cuando existan varias unidades de transporte todas ellas se transmitirán electrónicamente.

3.7 Aduana Destino/Salida – Código.- Se indica el nombre y código de la intendencia de aduana de destino o salida en el régimen de Tránsito Aduanero, así como en la importación de mercancías al amparo del Convenio Peruano-Colombiano y/o Ley de Amazonía.

En el régimen de Reembarque se indica la intendencia de aduana de salida.



4. ALMACÉN ADUANERO

4.1 Deposito temporal – RUC.- Se indica:

- La razón social del depósito temporal en que se encuentra ubicada la mercancía o donde se va a ubicar cuando arribe y su RUC.

- La dirección del almacén habilitado, en cuyo caso se indica el RUC.

- La Dirección del almacén del importador al cual se traslada la mercancía. Se indica el RUC y el prefijo correspondiente al almacén del importador, cuando se traslade al mismo, de acuerdo a la consulta RUC

- Sólo se registra el RUC cuando se trate de mercancía que va a ser destinada a los regímenes de Importación para Consumo, Admisión Temporal para Reexportación en el Mismo Estado, Admisión Temporal para perfeccionamiento Activo y Depósito Aduanero, y para los demás regímenes se mantendrá la codificación otorgada por la administración aduanera. (*) (Art. 7°de la RSNAA N°578-2010/SUNAT/A)

4.2 Depósito Aduanero - RUC.- Se indica la razón social y RUC del depósito aduanero cuando:

- Las mercancías sean destinadas al régimen de Depósito Aduanero.

- En la importación para el consumo, admisión temporal para reexportación en el mismo estado, admisión temporal para perfeccionamiento activo, o reembarque, cuando las mercancías tengan como régimen precedente al Depósito aduanero.

- Sólo se registra el RUC cuando se trate de mercancía que va a ser destinada a los regímenes de Importación para Consumo, Admisión Temporal para Reexportación en el Mismo Estado, Admisión Temporal para perfeccionamiento Activo y Depósito Aduanero, y para los demás regímenes se mantendrá la codificación otorgada por la administración aduanera. (*) (Art. 7°de la RSNAA N°578-2010/SUNAT/A)

4.3 Plazo Solicitado.- Se indica el plazo solicitado ante la autoridad aduanera para los regímenes de Depósito Aduanero, Admisión Temporal para Reexportación en el Mismo Estado,
Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo, Tránsito Aduanero y Reembarque.

En los regímenes de Tránsito Aduanero y Reembarque, el plazo se expresa en días, y en los demás regímenes aduaneros se expresa en meses.



5. TRANSACCION

5.1 Entidad Financiera – Código.- Se indica el nombre y código de la entidad financiera que intervino en la operación de comercio exterior.

5.2 Modalidad de pago - Código.- Se indica la modalidad de transacción o pago y el código correspondiente.

Códigos
Modalidad

1
Contado

2
Pago diferido

3
Radicación de capitales

4
Sin uso de divisas

5
Compensación

6
Trueque

7
Otras formas de pago




6. VALOR ADUANA

6.1 FOB.- Se indica el valor FOB del total de mercancías destinadas, expresados en dólares de los Estados Unidos de América.

6.2 Flete.- Se indica el valor total del flete, desde el puerto de embarque hasta el puerto de destino, expresado en dólares de los Estados Unidos de América.

6.3 Seguro.- Se indica el valor total de las primas de seguro de las mercancías y/o de los valores establecidos según la tabla de seguros vigente, expresado en dólares de los Estados Unidos de América.

6.4 Total Ajustes.- Se indica la suma de los ajustes efectuados en la Declaración Jurada del Valor (Formato B, casilla No. 5.10)

6.5 Valor Aduana.- Se consigna la suma de los valores positivos consignados en las casillas No. 6.1, 6.2, 6.3 y 6.4, el que se expresa en dólares de los Estados Unidos de América.



7. DECLARACION DE MERCANCIAS

7.1 Nº Serie / Total series.- Se indica el número secuencial de cada serie sobre el total de series.

Ejemplo: si se declaran dos series: la primera serie se numera 1/2 y la segunda 2/2.

La serie comprende las mercancías clasificadas en una misma subpartida nacional, asimismo debe tenerse en cuenta según corresponda, lo siguiente:

- Un documento de transporte

- Un certificado de origen

- Un tipo de seguro

- La misma moneda de transacción

- Las mercancías que tengan régimen precedente al ser declaradas en una serie debe corresponder a una sola serie de la declaración precedente y a un solo ítem del Certificado de Reposición.

- En el régimen de Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo, las series corresponderán a un solo ítem de los consignados en el Cuadro Insumo-Producto.

- En el régimen de Admisión Temporal para Reexportación en el Mismo Estado , las series corresponden a una misma mercancía con igual valor FOB unitario.

7.2 Items Formato B.- Se indica los números de las casillas 5.1 del Formato B relacionados con la mercancía contenida en una serie.

En el formato sólo se indica hasta cinco (05) items del Formato B, sin embargo, en la transmisión electrónica se envía la totalidad de la correlación entre las series del Formato A y los ítems del Formato B.

7.3 Nº de declaración precedente – Serie.- Se indica el número de identificación de la declaración asignado por la Administración Aduanera en el despacho del régimen precedente y la serie correspondiente, con la siguiente estructura:

Código de Aduana
Año de Numeración
Código de régimen

Número de la declaración
Número de serie.

En el caso de corresponder a más de una declaración precedente, el total de ellas deberán declararse vía transmisión electrónica, consignándose en el formato sólo una de ellas.

En la reimportación cada serie debe corresponder a un solo régimen precedente.

Igualmente se mantienen estas consideraciones cuando las mercancías sean procedentes de CETICOS

7.4 Número Certificado de Reposición – Item.- Se indica el número de identificación del Certificado de Reposición y el ítem correspondiente, de acuerdo con la siguiente estructura:

Código de Aduana
Año de Numeración
Número del Certificado
Número de ítem

7.5 Código aplicable a la ultractividad.- Para efecto de la aplicación de lo dispuesto por el Artículo 144º de la Ley General de Aduanas, se indica los siguientes códigos, cuando correspondan:

Código
Descripción

01 Que hayan sido adquiridas antes de su entrada en vigencia

02 Que se encuentren embarcadas con destino al país, antes de la entrada en vigencia

03 Que se encuentren en Zona Primaria y no hayan sido destinadas a algún régimen antes de su entrada en vigencia

Clasificación Arancelaria

El arancel es un derecho o gravamen percibido en la frontera sobre mercancias que van de un territorio aduanero a otro.

TIPOS DE ARANCELES.

En general se pueden imponer aranceles(bien sobre las importaciones o sobre las exportaciones) en cualqiera de las siguientes formas:

El arancel ad valorem. este impuesto o gravamen se especifican legalmente como un porcentaje fijo o valor del bien importado o exportado, incluyendo o excluyendo los costos de transporte. Por ejemplo, supongase que se establece un impuesto ad valorem sobre las importaciones igual a 10% del valor de estas excluyendolos costos de transporte. Asi un importadorde bienes valoradosen US $100debe pagar un impuesto de importaciones de US $ 10 AL GOBIERNO,es desir 0.10 x US 100 = US $ 10.

El arancel especifico. este impuestose especifica legalmente como una cantidad fija de dinero por unidad fisica importada o exportada. Por ejemplo a un importador estadounidense de un automovil japones puede exigirsele pagar al gobierno de estados unidos un impuesto a las importaciones de US $1000, independientemente del precio pagado por el vehiculo.

El arancel compuesto. esta es una combinacion de un arancel advalorem y un arancel especifico. Por ejemplo al importador de un vehiculo extranjero puede exigirsele pagar US $ 1000 mas 1% del valor del automovil.

Arancel de represalias. aunque algunas personas esten de acuerdo que en un mudo de libre comercio es el mejor de todos los mundos posibles señalan que no es el mundo en que vivimos. es desir mientras otros paises limiten las omportaciones no hay remedio que jugar al mismo juego para defendernos.

lunes, 31 de octubre de 2011

Perú quiere exportar a China productos de mayor valor agregado

El Perú tiene el objetivo de llegar a una etapa superior en las relaciones con China, sostuvo el nuevo embajador peruano en el gigante asiático, Gonzalo Gutiérrez. Para ello, detalló el diplomático, los ejes de la relación bilateral se buscará “potenciar al máximo” nuestro intercambio económico, comercial, político, de inversiones y turismo.

En este nuevo nivel de relaciones se buscará que el Perú “pueda exportar productos con mayor valor agregado y, al mismo tiempo, lograr atraer más inversiones”, dijo a la agencia Andina.

China se ha convertido en el principal mercado de las exportaciones peruanas, desplazando a Estados Unidos, cuya economía atraviesa por una difícil turbulencia que puede desatar una nueva crisis internacional.

EL PRINCIPAL SOCIO
Las empresas chinas tienen actualmente en el país andino proyectos de inversión por más de 6.000 millones de dólares.

“China está pasando a ser el primer socio comercial del Perú en 2011 y eso amerita una atención especial, que debe conllevar el incremento de ese comercio y su mejora, a través de la diversificación de productos peruanos exportables con valor agregado”, anotó.

Gutiérrez refirió que la V Cumbre Empresarial China-América Latina, que por primera vez se realizará en Lima, en noviembre, será una oportunidad clave para que Perú logre atraer más inversiones chinas y a la vez aumente sus exportaciones.

El diplomático peruano refirió que en los temas de agenda bilateral figura gestionar una eventual visita del presidente Ollanta Humala Tasso a China, para el próximo año.

“Eso está dentro de los planes que tiene muy bien ensamblados el canciller Rafael Roncagliolo, con quien conversé recientemente y este será uno de los temas que trabajaremos”, aseveró.

Exportación de alimentos y bebidas peruanas a la UE creció 43%

Las exportaciones peruanas de alimentos y bebidas a la Unión Europea sumaron US$1.044 millones entre enero y julio del 2011, 43% más que lo registrado en el mismo período del año anterior, reportó hoy la Cámara de Comercio de Lima (CCL).

La Unión Europea, conformado por 27 países, es el primer destino de las exportaciones peruanas de alimentos y bebidas al representar el 40,2% del total de envíos (US$2.598 millones).

Los diez principales productos peruanos exportados a la Unión Europea son café sin tostar, paltas frescas o secas, moluscos como calamares y pota, mangos frescos o secos, espárragos en conserva, espárragos frescos o refrigerados, conchas de abanico congeladas o secas, pimiento piquillo preparado o en conserva, plátanos tipo Cavendish Valery y páprika.

Detrás de la UE se encuentra el Tratado de Libre Comercio de Norteamérica (Nafta) con el 24,5%, Asia (11,2%), Comunidad Andina (CAN) con el 8,41%, entre otros.

Tres mercados concentran el 66% del total de envíos al bloque europeo: España (24%), Holanda (22%) y Alemania (20%). Luego le siguen Bélgica (10%), Francia (9%), Reino Unido (6%) e Italia (5%), entre otros.

sábado, 29 de enero de 2011

Ley de exportación de servicios permitirá creación de 1.2 millones de empleos en próximos cinco años

La Ley de Fomento al Comercio Exterior de Servicios permitirá la creación de más de 1.2 millones de empleos a nivel nacional durante los próximos cinco años, manifestó hoy el ministro de Comercio Exterior y Turismo, Eduardo Ferreyros.
“Estamos constituyendo una comisión multisectorial para el desarrollo del comercio exterior de servicios, y ésta tendrá a su cargo la elaboración y monitoreo de los planes que impulsarán las exportaciones del sector en los próximos cinco años”, indicó.

Sostuvo que la implementación de esta ley contribuirá decididamente a la creación de más de 300 mil empleos directos y más de 900 mil indirectos.

“Estamos convencidos de que en muy pocos años el país será reconocido en el mercado internacional no sólo por las exportaciones de oro, plata y cobre o por su diversificada industria alimentaria, sino también por su oferta de servicios competitivos al mundo”, comentó.

Por ello, indicó que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) y el sector privado, en el marco del Plan Estratégico Nacional Exportador (PENX) 2003 - 2013, incluyeron a la exportación de servicios como una política sectorial.

sábado, 1 de enero de 2011

TRAMITES DE EXPORTACION

El exportador, dependiendo del caso, debe contar con:
• Factura comercial: redactada en inglés si el país de destino no es
hispanohablante.
• Lista de empaque: relación simple detallando el contenido de lo
que se embarca.
• Conocimiento de embarque (B/L, AWB, WB): documento que
certifica que las mercancías han sido recibidas por el transportista.
• Certificado de origen: documento que certifica que la mercancía
ha sido elaborada en el Perú; permite acogerse a beneficios
arancelarios en los países de destino.
• Certificado fitosanitario: documento que certifica que las plantas
o vegetales frescos se encuentran libres de plagas.
• Certificado zoosanitario: documento que certifica que los
animales o productos de origen animal son inocuos.
• Certificado CITES: documento necesario para exportar madera,
flora y fauna silvestre.
• Certificado sanitario: documento que certifica que el producto a
exportar es apto para el consumo humano (alimentos, medicinas).
• Certificado textil: también conocido como “visa textil”, es requerido
para exportar confecciones a algunos países.
• Otros documentos: emitidos a petición del importador y según el
país de destino. Pueden ser certificados de calidad, de inspección
pre-embarque, complementarios a los certificados sanitarios, etc.
Y por último si el valor FOB de la exportación es menor a $2000 entonces no
es necesaria la intermediación de un Agente de Aduanas y se procederá a
llenar la DECLARACIÓN SIMPLIFICADA, si por el contrario el valor FOB de la
exportación supera los $2000 entonces se requiere la intermediación de un
Agente de Aduanas y se debe llenar la DECLARACIÓN ÚNICA DE ADUANAS (DUA).